Publicada la Resolución Definitiva de las becas 2022/2023: Consejos para presentar el recurso de reposición

Publicada la Resolución Definitiva de las becas 2022/2023: Consejos para presentar el recurso de reposición

EL pasado lunes se publicó la Resolución Definitiva de la beca del curso 2022/2023. Todos aquellos que tengan la beca denegada, no estén en los listados o no estén de acuerdo con la cuantía tienen abierta la posibilidad de interponer un recurso de reposición.

El recurso se presenta en la misma unidad de becas que la ha tramitado y estos remiten el expediente completo al Ministerio para su resolución.

Los solicitantes que estudien en Cataluña y Andalucía (los no universitarios), deberán esperar a que sus Comunidades Autónomas publiquen la resolución definitiva de beneficiarios, en virtud del Convenio de colaboración que tienen suscrito con el Ministerio.

Las resoluciones y los listados, tanto para estudios universitarios como no universitarios, los podéis consultar en el siguiente enlace:

https://www.educacionyfp.gob.es/servicios-al-ciudadano/catalogo/general/05/050130/ficha/050130-2022.html

Os mostramos algunas de las preguntas frecuentes que suelen plantearse en la formulación de este recurso:

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¿En qué consiste el recurso de reposición a la denegación de la beca?

Se trata de un recurso administrativo gratuito que permite revisar un acto por el mismo órgano que lo dictó, siempre que se haya puesto fin a la vía administrativa. En nuestro caso la publicación de los listados definitivos pone fin a la vía administrativa, por lo que SÓLO a partir de ese momento podemos presentar este recurso.

Además, es potestativo o voluntario, ya que puede prescindirse de él y acudir directamente a la vía judicial interponiendo un recurso contencioso-administrativo (que ya no es gratuito).

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¿Cuando se puede interponer?

Puede interponerse cuando la beca ha sido denegada o cuando no estamos de acuerdo con la cuantía asignada.

También podemos presentarlo cuando nos han denegado la beca por no haber presentado la documentación que nos habían requerido. Podemos presentar ahora la documentación que nos habían solicitado.
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¿Qué plazo hay para presentarlo?

En los recursos administrativos los plazos son muy importantes, por lo que ten en cuenta que para poner este recurso tendrás un mes desde el día siguiente a la publicación de los listados definitivos. Todos los recursos presentados antes o después de este plazo pueden ser denegados por extemporáneos («fuera de plazo»).

– Plazo para presentar recurso de reposición a la Beca General (Beca MEC) 2021/2022: del 04/04/2023 al 03/05/2023
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¿En qué se diferencia el recurso de reposición de las alegaciones previas?

Las alegaciones previas las resolvía la unidad de becas que tramita la solicitud, mientras que el recurso de reposición lo resuelve directamente el Ministerio. La unidad de becas remite el expediente completo al Ministerio para que resuelva.

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¿Si no presente alegaciones puedo poner este recurso ahora?

Sí. No es necesario haber presentado alegaciones para poder recurrir en reposición. El único requisito exigible para interponer un recurso de reposición es que se haya agotado la vía administrativa, como ocurre ahora con la publicación de los listados definitivos.

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Me han denegado la beca y me han desestimado las alegaciones posteriores. ¿Merece la pena poner el recurso o es perder el tiempo?

El Ministerio admite recursos, pero hay que distinguir entre los requisitos que están claros en la convocatoria y que no se cumplen (por ejemplo, no alcanzar las notas mínimas, superar umbrales de renta, etc.) de aquellos otros que son subjetivos, discutibles y abiertos a interpretación. En estos últimos casos el análisis de un tercero o la aportación de nueva documentación puede hacer que el Ministerio se decida finalmente por estimar nuestra petición.

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¿Quién puede interponer el recurso de reposición?

Están legitimados para interponer este recurso todos los interesados en el acto administrativo, como lo son obviamente el propio solicitante o sus representantes legales.

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¿Qué hay que poner en el recurso?

El recurso no tiene forma en especial, lo único que se exige es que en la solicitud escrita figuren estos datos básicos: datos de identificación del recurrente, el acto que se recurre y la razón de la impugnación, domicilio para su notificación, lugar, fecha y firma del recurrente y la unidad administrativa al que se dirige. El error en la calificación del recurso (que lo llamemos de otra forma) no es obstáculo para su tramitación siempre que se deduzca su verdadero carácter.

Si no nos vamos a extender mucho, lo aconsejable es utilizar el modelo oficial que facilita el Ministerio:

Descargar modelo de Recurso de Reposición

No te olvides de firmarlo y de dejar bien claro lo que solicitas (la pretensión o solicitud no se puede modificar con posterioridad, ni siquiera si termina en un contencioso). Además todos los consejos para presentar alegaciones que dábamos hace unos meses son válidos en este caso, por lo que recomendamos echarles un vistazo ya que el modelo a presentar es prácticamente el mismo. Recuerda acreditar todo lo que alegues y ofrece varios de métodos de contacto (email, teléfono y la dirección postal lo más precisa posible) ya que el Ministerio puede solicitarte nueva documentación.
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¿Dónde hay que presentarlo?

La presentación del escrito y de la documentación se puede hacer en la unidad de tramitación de la becas de tu provincia/universidad, aunque puede hacerse también en cualquiera de los registros de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Entidades Locales firmantes del Convenio de Ventanilla Única o por correo postal.

Lo aconsejable es presentarlo en la unidad de trámite de la beca ya que así esta remite el expediente completo al Ministerio. El plazo del que dispone la Administración para resolver no comienza desde que se presenta el recurso sino desde que tiene entrada en el órgano competente para resolver, por lo que presentarlo en otros órganos retrasará su tramitación.

Direcciones de las Unidades de Tramitación 10

¿Qué documentación hay que adjuntar?

Puedes presentar toda la documentación que estimes conveniente. Como decíamos anteriormente es importante que acredites documentalmente todo lo que alegues.

Las unidades de becas remiten el expediente completo del solicitante al Ministerio por lo que no es necesario volver a presentar documentación que ya hemos presentado. Es posible que tu unidad de becas te aconseje de lo que te puede ser útil añadir a este recurso. Si tienes dudas de si presentaste algún documento o dudas de que se haya podido extraviar; preséntalo de nuevo.
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¿Cuál es el plazo para responder?

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución del recurso es de un mes. Transcurrido este plazo sin resolución expresa se podrá entender desestimado, quedando abierta la vía contencioso-administrativa (judicial).

Hay que tener en cuenta que estos plazos no se cumplen. El Ministerio responde a muchos recursos pero pueden tardar varios meses en hacerlo. Como decíamos anteriormente, es posible que te soliciten nueva documentación que entiendan importante para resolver por lo que debes estar pendiente por si recibes alguna notificación.
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¿Y si vuelve a ser denegado?

Si el recurso de reposición es denegado no es posible interponer un nuevo recurso de reposición, sólo cabe acudir al judicial (contencioso-administrativo) o bien al extraordinario de revisión en supuestos muy excepcionales (que aparezcan documentos que evidencien un error decisivo, que hubiese algún error de hecho, que existan sentencias relevantes posteriores, etc.)

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¿Donde se publican los listados defintivos?

Los listados con los beneficiarios se consultan en la página del Ministerio, en los enlaces indicados en la parte superior.

RECUERDA:
  • Tanto si la beca ha sido denegada como admitida.
  • Aunque no presentases alegaciones previas.
  • Podemos usar el modelo oficial que publica el Ministerio.
  • En el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación de los listados definitivos
  • Se presenta en la Unidad de Becas y lo resuelve el Ministerio.
  • Acredita todo lo que alegues.