A partir del martes, 7 de abril, se puede solicitar la beca general para el curso 2026/2027

A partir del martes, 7 de abril,  se puede solicitar la beca general para el curso 2026/2027

El plazo para presentar la solicitud de beca tanto para estudios universitarios como no universitarios se extenderá desde el día 7 de abril de 2026, a las 8,00, hasta el día 18 de mayo de 2026, a las 15,00, hora peninsular, ambos inclusive.

Como en años anteriores, la solicitud se debe presentar en la sede electrónica del Ministerio de Educación. Se puede acceder a la solicitud en el siguiente enlace: https://sede.educacion.gob.es/sede/login/inicio.jjsp?idConvocatoria=2482

Las novedades más destacadas de la nueva convocatoria son las siguientes:

1.- Se mejora el tratamiento a efectos de beca del alumnado universitario y de Enseñanzas Artísticas superiores con matrícula parcial de entre 48 y 59 créditos, que podrán percibir parte de la beca de renta y residencia.

El alumnado anteriormente mencionado que curse estudios presenciales en régimen de matrícula parcial y se matriculen de, al menos, 48 créditos, podrán obtener, además de la beca de matrícula y la cuantía variable mínima, la cuantía fija ligada a la renta de la persona solicitante por importe de 350 euros, así como la cuantía fija ligada a la residencia por este mismo importe de 350 euros, siempre que cumpla los requisitos establecidos para obtener dichos componentes y no supere los umbrales de renta y patrimonio.

2.- Se actualizan los umbrales de patrimonio:

  • La suma de los valores catastrales de las fincas urbanas que pertenezcan a los miembros computables de la familia, excluida la vivienda habitual, no podrá superar los 47.200 euros (antes 42.900 euros). De la misma forma, se eleva de 42.900 euros a 47.200 euros, la suma de los valores catastrales de las construcciones situadas en fincas rústicas, excluido el valor catastral de la construcción que constituya la vivienda habitual de la familia.
  • La suma de los valores catastrales de las fincas rústicas incluyendo los bienes inmuebles de naturaleza especial, excluidos los valores catastrales de las construcciones que pertenezcan a los miembros computables de la familia, no podrá superar la cantidad de 14.450 euros por cada miembro computable (antes 13.130 euros.)
  • La suma de todos los rendimientos netos reducidos del capital mobiliario más el saldo neto positivo de todas las ganancias y pérdidas patrimoniales perteneciente a los miembros computables de la familia no podrá superar la cantidad de 1.900 euros (antes 1.700 euros)
  • Los ingresos procedentes de actividades económicas no puede superar la cantidad de 172.000 euros (antes 155.500 euros)

3.- Se facilita la posibilidad de reducir la carga lectiva a personas con discapacidad de entre el 25 y el 64 por ciento. Estos estudiantes pueden reducir hasta un 25% su carga lectiva y seguir optando por la beca completa.

Por último, recordad que la solicitud se debe presentar, en todo caso, entre el 07 de abril, a la 8:00 horas, y el 18 de mayo, a las 15,00 horas, aunque dicho plazo no coincida con el plazo de matrícula. Pasado el plazo anterior no se podrá presentar.