Casillas de la renta para poner los datos económicos de Autónomos y estudiantes Independientes en la beca

Casillas de la renta para poner los datos económicos de Autónomos y estudiantes Independientes en la beca

Desde del 11 de abril se puede presentar la declaración de la renta del ejercicio 2022, la cual servirá para calcular la beca del próximo curso 2023/2024.

Con carácter general no es necesario poner datos económicos en la solicitud de beca ya que estos se obtienen automáticamente de la Agencia Tributaria durante la tramitación. Sin embargo, hay algunos casos excepcionales donde sí nos lo exige.

Nos referimos a aquellos supuestos en los que se solicitan datos económicos, ya sea de autónomos, socios de sociedades civiles y mercantiles y solicitantes que alegan su independencia.

En el caso de autónomos y empresarios estos datos se utilizan para comprobar que el solicitante cumple con los umbrales de patrimonio fijados en la convocatoria. En el caso de estudiantes independientes para comprobar si cumplen los requisitos para justificar su independencia familiar y económica.

Os mostramos algunos apartados de la declaración de la renta del año 2022 donde podéis encontrar estos datos.

No nos centramos en las sociedades civiles ni mercantiles (limitadas, anónimas, cooperativas, etc.) En este caso tendréis que confirmarlo con vuestro asesor. Necesitareis los ingresos «brutos» de la empresa durante el año 2022, el NIF/CIF de la sociedad y el porcentaje de participación del socio en la sociedad. Para las sociedades civiles y comunidades de bienes podéis encontrar algunos datos en la página 11 de la declaración de la renta (casillas 1577 y siguientes). En el caso de sociedades mercantiles (limitadas, anónimas, etc.) en el Impuesto sobre Sociedades (casillas 255 y siguientes).

Autónomos (Trabajadores por cuenta propia «sin sociedad»)

En la solicitud nos pide en NIF del autónomo, su porcentaje que participación (el 100% siempre para autónomos) y los ingresos brutos del año 2022. Estos datos dependen de su régimen de tributación.

Vemos los distintos supuestos y las casillas que podemos poner. Buscad las casillas ya que las páginas que se indican pueden no coincidir en algunos resúmenes de las declaraciones de la renta:

1 Autónomos que declaran en estimación directaPágina 8, apart. E1, casilla 180

2 Autónomos que declaran en estimación objetiva o módulos (excepto actividades agrícolas, ganaderas y forestales) – Página 9, apart. D2, casilla 1465

En este caso, el único dato que tenemos en la declaración de la renta es de la casilla 1465, si bien esa cantidad se refiere a rendimientos netos, no brutos.

3 Autónomos con rendimientos en actividades agrícolas, ganaderas y forestales (en estimación objetiva) – Página 10 apart. D3, casilla 1536

4 Autónomos «Colaboradores» – Un autónomo «colaborador» es un familiar directo del trabajador autónomo que trabaja para él. Aunque deben darse de alta en el Régimen de Autónomos, no realizan actividades económicas por su cuenta y tributan como cualquier otro trabajador por cuenta ajena, por lo que en estos casos no hay que poner ningún dato económico de ellos.

5 Autónomos con varias actividades – El formulario de solicitud permite poner hasta 3 actividades pero a veces da errores al sumar los porcentajes. En lugar de ponerlas en varias líneas se pueden sumar los ingresos totales y ponerlos todas en una sola línea, con la siguiente forma: DNI | 100% | Suma total

6 Obligación de hacer la declaración de la renta – El trabajador autónomo está obligado a presentar la declaración de la renta. No hacerlo puede suponer la exclusión de la beca por falta de información fiscal. Los únicos que están exentos son quienes obtengan rendimientos íntegros del trabajo, de capital o de actividades económicas, o ganancias patrimoniales que conjuntamente no superen los 1.000 euros.

Estudiantes independientes

En el apartado D1 de la beca nos solicita el «Importe anual de los ingresos netos del solicitante correspondiente al ejercicio anterior». Los ingresos netos se calculan restando al bruto anual las cotizaciones a la seguridad social y las retenciones que nos practicasen en las nóminas.

Este dato se utiliza para ver los ingresos del solicitante para acreditar la independencia. Como en esta primera fase se trata de acreditar ingresos suficientes, lo aconsejable es no reducirla. Hay que tener en cuenta que luego tendrás que enviar la declaración de la renta o la justificación de ingresos a tu unidad de becas.

Una vez aprobada la independencia tu beca cruzará datos con la Agencia Tributaria y la renta computable se calculará como cualquier otra beca. Si tienes otros ingresos aparte de estos, por estar exentos, acredítalos también aunque no puedas ponerlos ahora (el formulario sólo permite poner un pagador).

Lo importante no es lo que pongas aquí, sino las cantidades que acredites con posterioridad en tu unidad de becas, por lo que puedes poner la cantidad aproximada.

En la casilla 003 tienes los ingresos brutos del trabajo y en la casilla 018 el rendimiento neto, aunque habría que descontarle también las retenciones del IRPF, que figuran en la casilla 596.