Publicado el Real Decreto de Umbrales para las becas MEC 2022/2023

Con casi cuatro de meses de antelación con respecto a cursos anteriores, esta mañana se ha publicado en el BOE el nuevo Real Decreto de Umbrales para las Becas del próximo curso 2022-2023.
Como se ha venido publicando en las últimas semanas, durante este curso 2022/2023 se pretende revisar los calendarios y plazos de presentación de solicitudes y de las fases del proceso de gestión de las becas, de manera que la mayoría de los solicitantes puedan conocer, antes del comienzo del curso escolar, si van a resultar elegibles para la obtención de beca.
Por lo tanto, este año no tendremos que esperar hasta el mes de agosto y podremos solicitar la beca para el nuevo curso 2022/2023 dentro de unas semanas, cuando se publique la nueva convocatoria.
En el Decreto de Umbrales publicado hoy, no solo se establece la cuantía de las diferentes ayudas de la beca, sino que además señala los umbrales de renta y patrimonio familiar por encima de los cuales desaparece el derecho a la obtención de la beca, tanto de la convocatoria general como de las ayudas para el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo.
De esta forma, a la espera de que se publique la convocatoria durante las próximas semanas, que abrirá el plazo de presentación de solicitudes, os comentamos lo más destacado de este Real Decreto.
1.- Se reduce la nota para obtener beca en los Másteres no habilitantes.
En el curso anterior ya se había reducido la nota para los Másteres habilitantes. Ahora se hace también para los no habilitantes reduciéndose la nota de de 7,00 a 5,00 puntos.
De esta forma, las notas exigidas en los estudios de Máster queda de la siguiente forma:
- Estudiantes de primer curso de Másteres habilitantes y no habilitantes: deberán acreditar una nota media de 5,00 puntos en los estudios previos que les dan acceso al Máster (nota media de la carrera). A estos efectos, las notas medias procedentes de estudios de enseñanzas técnicas se multiplicarán por el coeficiente 1,17.
- Estudiantes de segundo curso de Másteres habilitantes y no habilitantes: Deberán haber superado la totalidad de los créditos de primer curso y haber obtenido una nota media de 5,00 puntos en primer curso.
Los estudiantes que se matriculen en el primer curso de un Máster Universitario sin haber obtenido todavía la titulación de Grado, podrán obtener beca, siempre que acrediten estar en posesión del título antes del 31 de diciembre.
2.- Necesidades educativas especiales
Las tipologías que quedarán incluidas serán las siguientes:
- a) Alumnado con necesidad específica de apoyo educativo derivada de discapacidad o trastorno grave de conducta.
- b) Alumnado con trastorno grave de la comunicación y del lenguaje asociado a necesidades educativas especiales.
- c) Alumnado con necesidad específica de apoyo educativo asociado a trastorno de espectro del autismo.
- d) Alumnado con necesidad específica de apoyo educativo asociada a alta capacidad intelectual.
No hay ninguna modificación en los umbrales de renta, patrimonio ni en la cuantía de estas ayudas.
3.- Cuantías de las ayudas
Las cuantías de las ayudas a las que se puede optar se mantienen igual que en el último curso:
- A) Cuantía fija ligada a la renta: 1700 €
- B) Cuantía ligada a la residencia: 1600 €
- C) Beca Básica (solo «no universitarios»): 300 € (en los ciclos formativos de Grado Básico será de 350 €)
- D) Cuantía variable: su importe mínimo sigue siendo de 60 euros.
- E) Cuantía fija ligada a la excelencia. Continúa de la siguiente forma:

4.- Umbrales de renta y patrimonio
Tanto los umbrales como la forma de calcularlos continúan igual que en el último curso.
Recordamos los 3 umbrales de renta:
UMBRAL 1 | UMBRAL 2 | UMBRAL 3 | |
Familias de 1 miembro | 8.422 € | 13.236 € | 14.112 € |
Familias de 2 miembros | 12.632 € | 22.594 € | 24.089 € |
Familias de 3 miembros | 16.843 € | 30.668 € | 32.697 € |
Familias de 4 miembros | 21.054 € | 36.421 € | 38.831 € |
Familias de 5 miembros | 24.423 € | 40.708 € | 43.402 € |
Familias de 6 miembros | 27.791 € | 43.945 € | 46.853 € |
Familias de 7 miembros | 31.160 € | 47.146 € | 50.267 € |
Familias de 8 miembros | 34.529 € | 50.333 € | 53.665 € |
5.- Requisitos Académicos
Hay que esperar a la publicación de la convocatoria pero no se espera ninguna modificación salvo lo indicado anteriormente.
Recuerda que una vez publicado este Real Decreto, el siguiente paso se espera dentro de unas semanas con la publicación de la Convocatoria que abrirá el plazo de presentación de solicitudes.