Publicado en el BOE el Real Decreto de Umbrales para las becas MEC 2020/2021

Esta mañana se ha publicado en el BOE el nuevo Real Decreto de Umbrales para las Becas del próximo curso 2020-2021.
Este Decreto no sólo establece la cuantía de las diferentes ayudas de la beca, sino que además señala los umbrales de renta y patrimonio familiar por encima de los cuales desaparece el derecho a la obtención de la beca, tanto de la convocatoria general como de las ayudas para el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo.
Por lo tanto, a la espera de que se publique la convocatoria durante el mes de agosto que abrirá el plazo de presentación de solicitudes y que incluirá todos los requisitos «académicos» exigidos para la concesión de la beca, os comentamos el contenido de este Real Decreto que viene a confirmar las medidas incluidas en el proyecto publicado hace unas semanas.
1.- Se eleva el umbral 1 de renta
Así quedan definitivamente los 3 umbrales de renta para el próximo curso:
UMBRAL 1 | UMBRAL 2 | UMBRAL 3 | |
Familias de 1 miembro | 8.422 € | 13.236 € | 14.112 € |
Familias de 2 miembros | 12.632 € | 22.594 € | 24.089 € |
Familias de 3 miembros | 16.843 € | 30.668 € | 32.697 € |
Familias de 4 miembros | 21.054 € | 36.421 € | 38.831 € |
Familias de 5 miembros | 24.423 € | 40.708 € | 43.402 € |
Familias de 6 miembros | 27.791 € | 43.945 € | 46.853 € |
Familias de 7 miembros | 31.160 € | 47.146 € | 50.267 € |
Familias de 8 miembros | 34.529 € | 50.333 € | 53.665 € |
Respecto a la forma de calcular la renta y el patrimonio no hay ninguna novedad, salvo que en este curso se incluyen en el patrimonio los ingresos obtenidos por la participación en sociedades civiles y mercantiles sea cual sea el porcentaje de participación (antes solo se incluían si el porcentaje de participación era igual o superior al 50%)
Además, el Real Decreto prevé una nueva deducción por monoparentalidad en el cálculo de la renta, que se aplicará cuando el solicitante pertenezca a una familia monoporental. Será de 500 euros y se concretará en la convocatoria.
2.- Se elevan las cuantías fijas en 100 euros
Así quedan las cuantías de las distintas ayudas a las que se puede optar:
- A) Cuantía fija ligada a la renta: 1600 € – 1700 €
- B) Cuantía ligada a la residencia: 1500 € – 1600 €
- C) Beca Básica (solo «no universitarios»): 200 € – 300 €
- D) Cuantía fija ligada a la excelencia: Continúa igual

- E) Cuantía variable: su importe mínimo sigue siendo de 60 euros.
3.- Se rebajan los requisitos académicos
Se rebajan los requisitos académicos para poder optar a beca en los siguientes estudios:
Estudios No Universitarios:
- Estudiantes de 1º de Bachilerato: Nota media de 5 puntos en el 4º curso de la ESO o prueba de acceso, en su caso.
- Estudiantes de 1º de Ciclo Formativo de Grado Superior: 5 puntos en 2º de Bachillerato, prueba o curso de acceso.
Estudios Universitarios:
- En el primer curso será necesario 5 puntos de nota de acceso a la Universidad.
- En el resto de cursos deberán haber superado en los últimos estudios cursados los siguientes porcentajes de los créditos matriculados:
Rama de conocimiento | Porcentaje de créditos a superar |
Artes y Humanidades | 90% |
Ciencias sociales y Jurídicas | 90% |
Ciencias de la salud | 80% |
Ciencias | 65% |
Enseñanzas Técnicas | 65% |
Para el cálculo de las asignaturas o créditos superados no se tendrán en cuenta aquellos que no le hayan podido ser evaluados al solicitante. Por lo tanto, el rendimiento académico del curso se calculará solo sobre los que hayan podido ser efectivamente evaluados. En el caso de estudiantes «no universitarios» no se tendrán en cuenta las asignaturas o módulos que hayan sido objeto de autorización de aplazamiento para su realización en el siguiente curso.
4.- Violencia de Género
En los supuestos de violencia de género es posible obtener beca sin cumplir el requisito de la caga lectiva superada en el último curso. Para el nuevo curso, este beneficio lo podrán tener quienes acrediten la condición de víctimas de violencia de género, desde el 30 de junio de 2019 al 30 de junio de 2021, y/o sus hijos e hijas menores de veintitrés años (hasta ahora el limite se fijaba en los 18 años)
5.- Necesidades Educativas Especiales
Se incluye como beneficiarios a los alumnos con trastorno del espectro autista (TEA), pero no hay ninguna modificación en los umbrales de renta, patrimonio ni en la cuantía de las ayudas.
Una vez publicado este Real Decreto, el siguiente paso se espera durante el mes de agosto, con la publicación de la Convocatoria que abrirá el plazo de presentación de solicitudes.