Publicado en el BOE el Real Decreto de Umbrales para las becas MEC 2021/2022

Esta mañana se ha publicado en el BOE el nuevo Real Decreto de Umbrales para las Becas del próximo curso 2021-2022.
Como todos los años, este Decreto no sólo establece la cuantía de las diferentes ayudas de la beca, sino que además señala los umbrales de renta y patrimonio familiar por encima de los cuales desaparece el derecho a la obtención de la beca, tanto de la convocatoria general como de las ayudas para el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo.
Por lo tanto, a la espera de que se publique la convocatoria durante las próximas semanas, que abrirá el plazo de presentación de solicitudes y que incluirá «todos los requisitos académicos» exigidos para la concesión de la beca, os comentamos el contenido de este Real Decreto que viene a confirmar las medidas incluidas en el proyecto publicado hace unas semanas.
1.- Se reduce la nota para obtener beca en los Másteres habilitantes.
Se reduce la nota de 6,50 a 5,00 puntos exclusivamente para aquellos Másteres que habiliten o que sean condición necesaria para el ejercicio de una profesión regulada. Para el resto la nota seguirá siendo de 7,00 puntos.
De esta forma, las notas exigidas en estos estudios queda de la siguiente forma:
- Estudiantes de primer curso de Másteres habilitantes: deberán acreditar una nota media de 5,00 puntos en los estudios previos que les dan acceso al Máster (nota media de la carrera). En los restantes estudios de Máster dicha nota media será de 7,00 puntos. A estos efectos, las notas medias procedentes de estudios de enseñanzas técnicas se multiplicarán por el coeficiente 1,17.
- Estudiantes de segundo curso de Másteres habilitantes: Deberán acreditar una nota media de 5,00 puntos en primer curso. En los restantes estudios de Máster dicha nota media será de 7,00 puntos. En ambos casos se requerirá haber superado la totalidad de los créditos del primer curso.
2.- Se incrementa la Beca básica en la FP de Grado Básico
La cuantía de la beca básica para los estudiantes de ciclos formativos de Grado Básico pasa de 300 a 350 euros.
Este incremento en la beca básica se aplica solo a los estudios del Grado Básico ya que estos solo pueden optar por la beca básica y la variable mínima de 60 euros (no pueden optar por la cuantía fija, residencia, etc.)
De esta forma, la cuantía máxima que podrán recibir estos estudiantes en este curso será de 410 euros (350 + 60).
3.- Necesidades educativas especiales
Se incorpora como beneficiario de las ayudas para alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo al alumnado con trastorno grave de comunicación y del lenguaje.
Las tipologías que quedarán incluidas serán las siguientes:
- a) Alumnado con necesidad específica de apoyo educativo derivada de discapacidad o trastorno grave de conducta.
- b) Alumnado con trastorno grave de la comunicación y del lenguaje asociado a necesidades educativas especiales.
- c) Alumnado con necesidad específica de apoyo educativo asociado a trastorno de espectro del autismo.
- d) Alumnado con necesidad específica de apoyo educativo asociada a alta capacidad intelectual.
No hay ninguna modificación en los umbrales de renta, patrimonio ni en la cuantía de estas ayudas.
4.- Violencia de Género
En los supuestos de violencia de género es posible obtener beca sin cumplir el requisito de la caga lectiva superada en el último curso. Este beneficio lo podrán tener quienes acrediten la condición de víctimas de violencia de género, desde el 30 de junio de 2020 al 30 de junio de 2022, y/o sus hijos e hijas menores de veintitrés años.
La novedad para este año es que servirá con acreditar la situación de violencia, desapareciendo la obligación de acreditar que el menor rendimiento académico tenía causa directa en la condición de víctima de violencia de género.
5.- Cuantías de las ayudas
Con la excepción indicada anteriormente para los ciclos formativos de Grado Básico, el resto de cuantías se mantienen igual que en el último curso:
- A) Cuantía fija ligada a la renta: 1700 €
- B) Cuantía ligada a la residencia: 1600 €
- C) Beca Básica (solo «no universitarios»): 300 € (en la FP Básica: 350 €)
- D) Cuantía variable: su importe mínimo sigue siendo de 60 euros.
- E) Cuantía fija ligada a la excelencia: Continúa igual

5.- Umbrales de renta y patrimonio
Tanto los umbrales como la forma de calcularlos continúan igual que en el último curso.
Recordamos los 3 umbrales de renta:
UMBRAL 1 | UMBRAL 2 | UMBRAL 3 | |
Familias de 1 miembro | 8.422 € | 13.236 € | 14.112 € |
Familias de 2 miembros | 12.632 € | 22.594 € | 24.089 € |
Familias de 3 miembros | 16.843 € | 30.668 € | 32.697 € |
Familias de 4 miembros | 21.054 € | 36.421 € | 38.831 € |
Familias de 5 miembros | 24.423 € | 40.708 € | 43.402 € |
Familias de 6 miembros | 27.791 € | 43.945 € | 46.853 € |
Familias de 7 miembros | 31.160 € | 47.146 € | 50.267 € |
Familias de 8 miembros | 34.529 € | 50.333 € | 53.665 € |
5.- Requisitos Académicos
Hay que esperar a la publicación de la convocatoria pero no se espera ninguna modificación.
Una vez publicado este Real Decreto, el siguiente paso se espera durante el mes de julio, con la publicación de la Convocatoria que abrirá el plazo de presentación de solicitudes.